Empezando a liquidar sueldos y cargas sociales (la fecha asi lo obliga) me encontre con novedades en el aplicativo de presentacion via web, cambiaron la version de la 31 a la 32, las novedades mas visibles son:
En el caso de comercio y de gremios que tengan las famosas sumas no remunerativas "a medias" (entiendase a medias porque estan alcanzadas en obra social y anssal), en la version anterior habia que calcular a mano el 6% del empleador y se modificaba la remuneracion 4 a mano, modificando tambien la remuneración total. En esta nueva version, hay que agregar dichos importes en el detalle de la liquidacion, donde dice "sumas no remunerativas" para conseguir que cambie la remuneracion Total (no se puede modificar mas a mano) y luego si modificar la remuneracion 4 y la 8. El resto practicamente sigue igual. NO SE OLVIDEN DE RECTIFICAR TODAS LAS DECLARACIONES HECHAS POR ESTA VIA DEL PERIODO ENERO 2009.
Se agregan problemas para variar, en la version 32 para siap, se complica aun mas la cosa... no migra de las ddjj anteriores donde tengamos cargadas masas salariales diferentes en los items de obra social.
Saludos
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Una pregunta, porque hay que rectificar las DDJJ ya generadas y pagas?
ResponderEliminarLas DDjj del periodo 3/2009 (hechas con versiones que no sean la 32) hay que rectificarlas y recorda que las DDjj de Enero 2009 hechas via "su delaracion on-line" tambien hay que rectificarlas, si bien los montos a pagar son los mismos, la distribucion varia.
ResponderEliminarSaludos
Alguien hizo alguna rectificacion de fecha de inicio de relacion laboral por ley del blanqueo?? Me pierdo con los codigos a utilizar, la forma de presentacion de ddjj originales y rectificativas.. dado que por cada consulta que realizo me contestan cosas distintas!!
ResponderEliminarCodigos: Desde el trabajador 1 al 10 (inclusive) debes dar el alta temprana con codigo 211, a partir del empleado 11 el codigo a utilizar es el 221. Siempre hablando de trabajadores que no esten registrados. Con respecto a las declaraciones juradas, no comprendo la consulta.
ResponderEliminarSaludos
Es el caso de un trabajador que ya estaba registrado, por eso el codigo 211 no me lo toma. Hoy lei el instructivo de la version 32 del aplicativo y dice que para estos casos se debe usar el codigo 999 hasta noviembre del 2008, al fin algo me aclaro!! En cuanto a las ddjj la duda es respecto a que el empleador liquida por Su Declaracion desde 02/2008, pero la resolucion que implemento esta nueva forma de presentacion dice que "las ddjj originales y rectificativas que se presenten desde el 02/2007 se deberan hacer por mi simplificacion", osea, empiezo presentando por aplicativo hasta 02/2007, ahi sigo con mi simplificacion y presento rectificativas de ddjj que las tengo presentadas con el sijip con su declaracion? Si, ya se, es un lio, es dificil de explicar, pero en cuanto sepa como hacerlo les cuento por las dudas que se e presente un caso similar.-
ResponderEliminarEn cuanto a blanqueo de personal no registrado ahi si se debe utilizar el codigo 211, lo toma sin problemas!
Saludos y gracias!!
Para regularizar trabajadores nunca registrados en el Sistema Informático “Su Declaración”, conforme a lo establecido por la ley 26476, Título II, Capítulo I, ¿cómo debo proceder?
ResponderEliminarSi se desea regularizar trabajadores nunca registrados, rectificar las remuneraciones declaradas o ampliar períodos omitidos de sus empleados:
- hasta enero 2007 deberá utilizar la versión 32 del aplicativo SICOSS de escritorio, generar los f. 931 necesarios y enviarlos por “Internet.
- de febrero 2007 a noviembre 2008, los F. 931 originales y/o rectificativos deberá generarlos a través del sistema informático “Su Declaración”, siempre que la nómina final no supere los diez (10) trabajadores.
Sacado de Conta-Net.-
Esto era lo que qeuria confirmar, saludos!
Qué códigos usan en el 931 cuando una persona está registrada desde 10/09/2008 pero por una inspección hay que registrar la relación desde el 01/09/2009?
ResponderEliminarsi pongo 999 no genera aportes (pero a partir del 10/09 si tiene aportes.....?